Informe legislativo · Alsina Consulting

Súper RIGI
Régimen de Incentivo
para Grandes Inversiones
en Nuevas Industrias

Análisis del proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo Nacional mediante Mensaje N.º 81/2026. Arquitectura normativa, escenarios cuantitativos, lectura sectorial y estado legislativo al 26 de mayo de 2026.

Expediente P.E. 187-26
Mensaje N.º 81/2026
Ingreso Senado 26/05/2026
Estado Iniciativa parlamentaria
Leyes 15.557 · 15.558 · 15.561
Explorá los módulos interactivos
USD 1.000 M
Inversión mínima por proyecto
15%
Alícuota Ganancias (VPU)
5 + 1 años
Ventana de adhesión
30 años
Estabilidad normativa garantizada
13
Capítulos · 114 artículos
90 días
Plazo de reglamentación
tras eventual sanción
Resumen ejecutivo

Un régimen nuevo,
no una extensión del RIGI.

El proyecto de ley ingresado al Senado el 26 de mayo de 2026 no es una mera extensión del RIGI vigente. Crea un régimen autónomo y más agresivo orientado exclusivamente a "nuevas actividades económicas" de gran escala, con un umbral mínimo extraordinariamente alto de USD 1.000 millones por proyecto y un horizonte de estabilidad normativa de 30 años.

El paquete de incentivos incluye una alícuota de Ganancias del 15%, devolución acelerada del IVA mediante Certificados de Crédito Fiscal, exención de derechos de importación y tasas estadísticas para bienes de capital e insumos del plan aprobado, contribuciones patronales reducidas, libertades cambiarias escalonadas (20%–40%–100% en 3 años) y un paquete robusto de estabilidad normativa, protección frente a cambios tributarios y arbitraje internacional.

La memoria explicativa es explícita sobre el objetivo sectorial: el mensaje menciona como industrias de frontera a la inteligencia artificial, los semiconductores, la biotecnología avanzada y la infraestructura digital, y presenta el proyecto como una respuesta a la baja participación argentina en cadenas globales de valor de alta tecnología.

Lectura dual: El proyecto mejora de manera muy marcada el atractivo regulatorio para proyectos de frontera intensivos en capital. Al mismo tiempo, traslada costos y riesgos hacia el fisco nacional, las provincias y municipios, los proveedores locales no adheridos, y los marcos de control ambiental y laboral, porque limita herramientas de política tributaria, compras locales, administración del comercio y litigio soberano.

USD 1,5B
Inversión estimada
movilizada — año 1
escenario base propio
USD 4,5B
Inversión acumulada
3–5 años
escenario base propio
5.500
Empleos formales
directos + indirectos (año 1)
11.500
Empleos estimados
3–5 años
USD 60–220M
Costo fiscal anualizado
(rango estimado)
baja a media confianza
USD 15,7B
RIGI anterior — compromisos
aprobados (sept. 2025)
benchmark de referencia

Nota metodológica: Los escenarios cuantitativos son estimaciones propias con confianza baja a media. No existen proyectos Súper RIGI aprobados ni un anexo estadístico oficial específico. La base normativa es el texto del proyecto; la plausibilidad macro se apoya en la experiencia del RIGI previo.

Estado documental y legislativo

Expediente ingresado.
Bases parlamentarias aún no consolidadas.

El núcleo documental oficial está compuesto por el expediente escaneado remitido por el Poder Ejecutivo, que contiene la nota de cortesía al Senado, el mensaje de elevación, las firmas del Presidente y los ministros, y el texto articulado completo del proyecto. El sello de ingreso al Senado confirma la recepción del expediente como P.E. 187-26.

Documento / hito Estado al 26/05/2026 Hallazgo principal
Proyecto de ley + mensaje presidencial Localizado Texto oficial completo, mensaje explicativo, firmas y sellos de ingreso al Senado.
Nota de remisión y cortesía al Senado Localizada Confirma el envío del mensaje y su ingreso parlamentario.
Legajo público consolidado en buscadores parlamentarios Parcial / no consolidado Las bases abiertas no mostraban actualización visible del expediente reciente al momento del relevamiento. El último DAE normal era el 38/2026 (mesa de entradas 21/05/2026).
Dictámenes de comisión No localizados No hay evidencia pública de giro sustantivo dictaminado al cierre del relevamiento.
Reglamentación / borradores oficiales No localizados Lógico: el proyecto todavía no es ley. El PEN deberá reglamentarlo dentro de 90 días de su publicación en el Boletín Oficial.
Publicación en Boletín Oficial No localizada El expediente sigue en etapa legislativa inicial. La ley entrará en vigencia al día siguiente de la publicación.

Zona de transición administrativa: Al momento del relevamiento, el expediente estaba presentado pero aún no plenamente volcado a todas las bases públicas consolidadas. La base de Diputados llegaba hasta el expte. 2366-D-2026 (21/05/2026) y la de Senado hasta 0687-S-2026 (05/05/2026). El Súper RIGI, ingresado el 26/05/2026, estaba fuera de ambas ventanas de actualización pública.

Arquitectura normativa

13 capítulos, 114 artículos.
Un régimen autónomo.

La estructura jurídica del Súper RIGI está organizada en 13 capítulos. El texto crea un régimen para proyectos dedicados exclusivamente a nuevas actividades económicas, exige Vehículos de Proyecto Único (VPU), fija un piso de inversión extraordinariamente alto y monta un marco robusto de incentivos tributarios, aduaneros, cambiarios y de estabilidad normativa.

Dos rasgos centrales distinguen al Súper RIGI. Primero, la definición de "nuevas actividades económicas" es muy exigente: la actividad no debe haberse desarrollado al momento de entrada en vigencia ni en el país ni en la jurisdicción que corresponda. Esto excluye la mayoría de la industria instalada y privilegia proyectos de frontera. Segundo, la federalización condicionada: el acceso a los incentivos requiere que el proyecto esté en una jurisdicción que adhiera, y esas jurisdicciones quedan obligadas a no imponer nuevas cargas incompatibles y a mantener topes bajos de Ingresos Brutos y Sellos.

Art. 112 — Restricción subnacional: Provincias, CABA y municipios adherentes deben fijar un tope de 0,5% de Ingresos Brutos para los VPU, sin impuesto de sellos, con fuertes restricciones a otras cargas. En la práctica, el proyecto combina promoción a la inversión con una armonización tributaria forzada hacia abajo.

I
Creación del régimen
Arts. 1–3. Declaración de interés nacional, condición de adhesión jurisdiccional y fines del régimen.
II
Nuevas actividades y VPU
Arts. 4–8. Define "nuevas actividades económicas", exige vehículo de proyecto único, objeto exclusivo.
III
Cadena de proveedores
Arts. 9–11. Extensión de beneficios a ciertos proveedores y reconocimiento de su demanda de divisas.
IV
Elegibilidad e inversión mínima
Arts. 12–15. USD 1.000M mínimo. Obligación de completar el 15% en los primeros 24 meses.
V
Procedimiento de adhesión
Arts. 16–23. Autoridad decide en 90 días, rechazo solo por causales tasadas. Notificación a ARCA y BCRA.
VI
Implementación y continuidad
Arts. 24–31. Seguimiento, modificaciones, suspensiones por fuerza mayor, permanencia y rescisión.
VII
Incentivos fiscales
Arts. 33–59. Ganancias 15%, amortización acelerada, IVA acelerado, exenciones aduaneras, contrib. patronales.
VIII
Régimen cambiario
Arts. 60–72. Libre disponibilidad escalonada: 20% / 40% / 100%. Financiamiento externo y garantías.
IX
Estabilidad normativa
Arts. 73–88. No expropiación, estabilidad 30 años, defensa frente a tributos nuevos, cesión de derechos.
X
Enforcement y salida
Arts. 89–103. Terminación de incentivos, bajas voluntarias, infracciones, multas y recursos.
XI
Gobernanza y autoridad
Arts. 104–107. Designación de autoridad de aplicación y cooperación con ARCA/BCRA.
XII–XIII
Controversias y disposiciones finales
Arts. 108–114. Arbitraje (CCI, CIADI/UNCITRAL). Restricciones subnacionales. Reglamentación en 90 días.
Tabla de disposiciones económicamente relevantes

Los artículos clave
y su objetivo aparente.

Los extractos textuales fueron normalizados desde OCR del expediente escaneado. Para trabajo de cita jurídica fina, verificar sobre la imagen original del PDF oficial.

Art. Texto operativo relevante Objetivo aparente Cronograma / gatillo
1"Créase el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias..."Crear el régimen especialRige desde la entrada en vigencia
2Declara de interés nacional y condiciona incentivos a adhesión jurisdiccionalBlindar fundamento federal y exigir adhesión provincial/localInmediato
4Define "nuevas actividades económicas" — la actividad no debe haber existido en el país ni en la jurisdicciónFocalizar en frontier industriesDesde la vigencia
5Plazo de adhesión de 5 años, prorrogable 1 año por el PENCrear ventana de entrada acotadaDesde la reglamentación
6Adhesión solo vía VPU con objeto únicoAislar el proyecto y facilitar control legalAl presentar la solicitud
9–11Extiende beneficios a ciertos proveedores y permite reconocer su demanda de divisasExpandir la cadena de incentivos aguas arribaDurante ejecución del proyecto
12Considera grandes inversiones las de al menos USD 1.000 millonesLimitar el régimen a megaproyectosAl evaluar elegibilidad
14Exige completar al menos 15% de inversión mínima en los dos primeros añosEvitar proyectos meramente declarativosDentro de 24 meses de la adhesión
16–19La autoridad decide en 90 días; rechazo solo por causales tasadasDar previsibilidad administrativaDesde la presentación completa
33"El VPU adherido... tributará el Impuesto a las Ganancias a la alícuota del QUINCE POR CIENTO (15%)"Reducir carga fiscal corporativaDesde la adhesión
34–45Amortización acelerada, quebrantos transferibles, dividendos con retención reducida, precios de transferencia menos gravosos, deducciones financierasAumentar rentabilidad after-taxDurante vida útil y operación
47–50Régimen especial de IVA y devolución/transferencia mediante Certificados de Crédito FiscalMejorar caja del proyectoDesde la inversión inicial
51Cómputo del 100% del impuesto sobre créditos y débitos como pago a cuenta de GananciasAlivio financiero adicionalDurante vigencia del régimen
52Exime importaciones del plan aprobado de derechos, tasas estadísticas y otros tributos vinculados a la importaciónBajar costo de equipamiento e insumosHasta la puesta en marcha
53–55Derecho a exportar libremente; prohibición de restricciones directas o indirectas; protección contra licencias, cupos y medidas similaresBlindar comercio exterior del proyectoDurante operación
56–59Reduce carga de seguridad social y evita nuevas contribuciones patronales sectorialesBajar costo laboral formalPara nuevas relaciones laborales del proyecto
60–72Esquema escalonado de libre disponibilidad de divisas: 20% tras 1 año · 40% tras 2 años · 100% tras 3 años, más acceso a financiamiento externo y garantíasDar salida cambiaria y facilitar fondeo externoSegún antigüedad del proyecto
73–88Garantías de no expropiación, estabilidad normativa por 30 años, defensa frente a tributos nuevos, estabilidad cambiaria y cesión de derechos del VPUMaximizar seguridad jurídicaDesde la fecha de adhesión
89–103Terminación de incentivos, bajas voluntarias, infracciones, procedimiento, multas y recursosMecanismo de enforcement y salidaDurante todo el régimen
108–111Controversias: negociación previa y luego arbitraje (incluye CCI, CIADI/UNCITRAL según caso)Internacionalizar resolución de disputasSi hay "disputa" bajo el régimen
112Provincias/CABA/municipios adherentes: tope de 0,5% de IIBB, sin impuesto de Sellos y fuertes restricciones a otras cargasHomogeneizar a la baja la tributación subnacionalDesde la adhesión local
113–114Reglamentación dentro de 90 días y vigencia al día siguiente de publicación en BOOrdenar implementaciónTras eventual sanción/publicación
Régimen cambiario — Arts. 60–72

Libre disponibilidad
escalonada de divisas.

0%
Al inicio
Fecha de Adhesión
20%
Libre disponibilidad
tras 1 año
40%
Libre disponibilidad
tras 2 años
100%
Libre disponibilidad
plena tras 3 años

Adicionalmente, el esquema incluye acceso a financiamiento externo y garantías desde la fecha de adhesión. El artículo 73 garantiza la estabilidad cambiaria durante los 30 años de vigencia del régimen.

Escenarios cuantitativos

Modelización estilizada.
Confianza baja a media.

Dado que el proyecto recién ingresó y no existe todavía un anexo estadístico oficial, se utilizó una modelización estilizada de proyecto-marginal. El supuesto clave: sin Súper RIGI, los proyectos de frontera por encima de USD 1.000 millones enfrentan baja probabilidad de decisión final de inversión; con Súper RIGI, esa probabilidad sube por cuatro canales: menor costo fiscal, menor costo de importación, mayor previsibilidad cambiaria y menor riesgo regulatorio/judicial.

El escenario base supone un proyecto de USD 1.500 millones en el primer año y USD 4.500 millones acumulados en 3–5 años. El supuesto sectorial: infraestructura digital / IA 35%, biotecnología avanzada 30%, semiconductores / electrónica avanzada 25%, servicios de ingeniería y soporte 10%.

Aviso metodológico: Estas cifras son estimaciones propias para trabajo colaborativo, no proyecciones oficiales. Las bandas de confianza nacen de tres incertidumbres: ausencia de reglamentación, inexistencia de precedentes Súper RIGI y alta intensidad importada de los sectores objetivo.

Indicador Sin Súper RIGI Con Súper RIGI — Año 1 Con Súper RIGI — 3–5 años Rango de confianza
Inversión movilizada 0,5–1,0 MM USD 1,5 MM USD 4,5 MM USD acumulados Baja
Valor agregado doméstico incremental USD 0,42 MM USD 1,35 MM anuales 0,22–0,68 / 0,70–2,30
Empleo formal directo + indirecto equiv. 5.500 11.500 3.500–7.800 / 6.500–17.000
Efecto cambiario neto −USD 0,70 MM +USD 0,55 MM anuales Baja
Exportaciones o ahorro de importaciones USD 0,40 MM USD 1,15 MM anuales 0,10–0,60 / 0,50–2,00
Costo fiscal anualizado USD 0,06 MM USD 0,22 MM anuales 0,03–0,12 / 0,10–0,45
Escenario base — Inversión y empleo proyectados
Efecto cambiario neto (J-curve) — MM USD

Perfil J-curve: En el año 1 predominan las importaciones de equipamiento, obra civil e ingeniería, generando un efecto cambiario neto negativo (−USD 0,70 MM). Recién en el horizonte de 3–5 años, cuando entren producción exportable o sustitución de importaciones, el saldo podría volverse netamente favorable (+USD 0,55 MM anuales).

Benchmark — RIGI predecesor

El RIGI anterior:
USD 15.700 M aprobados en sept. 2025.

La plausibilidad de que el Súper RIGI efectivamente mueva decisiones de inversión se apoya en la experiencia del RIGI previo. Según Reuters, el régimen había llegado a USD 12.800 millones de compromisos aprobados en julio de 2025 y a USD 15.700 millones con ocho proyectos en septiembre de 2025, principalmente en minería y energía. La cartera total bajo análisis llegó a ubicarse cerca de USD 100.000 millones.

USD 12,8B
RIGI — compromisos aprobados
julio 2025
USD 15,7B
RIGI — compromisos aprobados
septiembre 2025
8
Proyectos aprobados bajo
RIGI a sept. 2025
~USD 100B
Cartera total bajo análisis
(estimación Gobierno)
Lectura sectorial comparada

Ganadores, perdedores
y actores ambivalentes.

El Súper RIGI no impacta de manera homogénea sobre todos los sectores. La siguiente lectura identifica los canales dominantes y el balance preliminar para cada actor clave.

Sector / actor Canal dominante Efecto año 1 Efecto 3–5 años Balance
Infraestructura digital, centros de datos, IA Importación de equipos + contrato de energía + estabilidad cambiaria Alto Muy alto Ganador claro
Biotecnología avanzada Menor costo de equipamiento, estabilidad fiscal, posibilidad exportadora Medio Alto Ganador probable
Semiconductores / electrónica avanzada Subsidio impositivo, apertura importadora y arbitraje Bajo/medio Alto, pero incierto Ganador potencial
Construcción, ingeniería y servicios profesionales locales Obra civil, montaje, ingeniería, mantenimiento Alto Medio Ganador corto plazo
Proveedores locales tradicionales Competencia con bienes importados y prohibición de trabas locales al input importado Bajo o negativo Negativo si no se integran Perdedor relativo
Provincias y municipios adherentes Tope tributario y pérdida de margen regulatorio Negativo Negativo persistente Perdedor fiscal
Fisco nacional Renuncia tributaria a cambio de base futura Negativo Mixto Apuesta largo plazo
Trabajadores y sindicatos Más empleo potencial, pero menor carga patronal y menos palancas locales Mixto Mixto Ambivalente
Ambiente y comunidades locales No se fortalecen controles en el texto; fuerte blindaje del inversor Riesgo Riesgo Vulnerabilidad regulatoria
Distribución sectorial supuesta — escenario base

Mezcla de proyectos
en el escenario base.

El supuesto sectorial de mezcla para la modelización del escenario base es: Infraestructura digital / IA 35%, Biotecnología avanzada 30%, Semiconductores / electrónica avanzada 25%, Servicios de ingeniería y soporte 10%.

El régimen es mucho más atractivo para plataformas tecnológicas y plantas de frontera que para manufacturas medianas o ramas tradicionales. El costo de esa selectividad es que puede ensanchar la brecha entre un enclave de nueva economía hiperprotegido y el resto del aparato productivo nacional bajo reglas comunes.

Mezcla sectorial asumida — escenario base (%)
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Debate público y lecturas expertas

Debate incipiente.
Precedentes del RIGI como espejo.

El debate público específico sobre Súper RIGI es incipiente por la novedad del expediente. La referencia más visible en prensa internacional es Reuters (mayo 2026), que al analizar la baja del riesgo país argentino señaló el anuncio del "Super RIGI" para ampliar el esquema de incentivos a nuevos sectores.

Posición empresaria — patrón consistente
Los actores corporativos que se pronunciaron sobre el RIGI previo valoran sobre todo la seguridad jurídica, la estabilidad normativa y la facilidad para financiarse. El argumento pro-empresa previsible es: "sin blindaje extremo, estas inversiones no ocurren." Cobertura Reuters de Pampa Energía y Gualcamayo confirma ese patrón.
Lecturas críticas — trasladables del RIGI al Súper RIGI
Las críticas ya presentes en el debate sobre el RIGI previo: beneficios fiscales muy generosos, débil anclaje en estrategia de desarrollo, impacto laboral discutible, tensiones de soberanía jurídica, y dudas ambientales y comunitarias. En el Súper RIGI estos puntos probablemente se agudizen porque el proyecto endurece el blindaje y amplía la extraterritorialidad arbitral.
Ausencias documentales significativas
No se localizaron al cierre del relevamiento: papers académicos específicamente dedicados al Súper RIGI, comunicados sindicales o empresariales formales, dictámenes o posiciones de gobernadores, y análisis de la UIA o cámaras tecnológicas. El expediente está en fase demasiado temprana para haber generado bibliografía o documentos de posición.
Cuatro conclusiones jurídicas y económicas
I
Incentivos clásicos + no clásicos
El proyecto combina incentivos clásicos —menos Ganancias, menos IVA financiero, menos aranceles— con incentivos no clásicos como la clausura parcial de potestades fiscales subnacionales y la protección arbitral transnacional. Ese diseño dual es novedoso en la historia de los regímenes de promoción argentinos.
II
Beneficio que irradia a proveedores
El beneficio no se limita al VPU: también puede irradiar a ciertos proveedores del proyecto adherido (arts. 9–11). Esto amplía la base de actores con incentivo a apoyar el régimen y puede crear una cadena de intereses que dificulta eventuales modificaciones.
III
Diseño agresivamente importador
El régimen es agresivamente importador en su diseño: elimina o neutraliza varias herramientas que podrían usarse para forzar contenido local. Esa opción es coherente con el objetivo de bajar costos de capital, pero implica resignar encadenamientos productivos domésticos en el corto plazo.
IV
Estabilidad extraordinaria: 30 años
La promesa de estabilidad es extraordinaria: 30 años en materia tributaria, aduanera, de seguridad social y cambiaria. Un horizonte de esa magnitud no tiene precedentes en el derecho tributario argentino moderno y genera tanto un incentivo inversor muy fuerte como una restricción estructural muy significativa para el margen de política futura.
Limitaciones y próximos pasos

Dossier inicial.
Hoja de ruta para la siguiente iteración.

La principal limitación de este informe es la falta de un repositorio parlamentario plenamente consolidado para el expediente y la ausencia de reglamentación, dictámenes, bases de proyectos adherentes y una matriz oficial de impacto fiscal/sectorial. También existe una limitación técnica: el texto fue extraído desde un escaneo y requiere revisión artículo por artículo sobre las imágenes originales para uso jurídico-legislativo de alta precisión.

Preguntas abiertas clave: ¿Qué comisiones recibirán el expediente? ¿Habrá mensajes complementarios del Ministerio de Economía? ¿Las provincias anticiparán adhesiones o rechazos? ¿Cuál será la posición de UIA, cámaras tecnológicas, sindicatos industriales y gobernadores? ¿Qué sectores intentará capturar el Ejecutivo en la primera ola de proyectos?

Orden de profundización sugerido

1° — Base artículo por artículo: Consolidar el texto completo con validación visual sobre el PDF oficial escaneado. Especialmente capítulos VII (fiscal), VIII (cambiario) y IX (estabilidad).

2° — Matriz de incidencia sectorial: Construcción más fina con subsectores candidatos: data centers, IA, biotech, semiconductores, electrónica de precisión, nube e infraestructura digital.

3° — Series oficiales: Anexar series de empleo, salarios, crédito y comercio exterior (INDEC, BCRA, Min. Economía) para pasar del modelo estilizado a un modelo con cuentas sectoriales robustas.

4° — Memo conflictos estructurales: Separar en documento específico el análisis de los dos conflictos clave: federalismo tributario (art. 112) y blindaje arbitral/regulatorio (arts. 73–88 y 108–111).

Fuentes y referencias

Fuentes primarias
y bibliografía de referencia.

Fuentes primarias oficiales
[1]
Poder Ejecutivo Nacional. Mensaje N.º 81/2026 — Proyecto de Ley "Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias". Expediente P.E. 187-26. Ingreso al Senado: 26/05/2026. Texto articulado completo (114 artículos, 13 capítulos).
[2]
Honorable Senado de la Nación Argentina. DAE Digital — Diario de Asuntos Entrados. Último normal al relevamiento: 38/2026 (mesa de entradas 21/05/2026). senado.gob.ar/parlamentario/DAEDIGITAL/
[3]
Honorable Cámara de Diputados de la Nación. Base pública de proyectos al 21/05/2026: hasta expte. 2366-D-2026. Base de Senado al 05/05/2026: hasta 0687-S-2026.
Prensa internacional y contexto
[4]
Reuters. "Argentina's country risk falls steadily, fueling debate on return to capital markets." 12/05/2026. reuters.com
[5]
Reuters. RIGI predecesor — compromisos aprobados: USD 12.800 M (julio 2025) y USD 15.700 M con 8 proyectos (septiembre 2025). reuters.com (julio 2025)
[6]
Reuters. Cobertura sobre recepción empresaria del RIGI (Pampa Energía, Gualcamayo). reuters.com (julio 2025)
[7]
Reuters. "BHP's return to Argentina marks new hope for untapped copper mines." 23/08/2024. reuters.com