Una ley aprobada en 2017 puede provocar, diez años después, el mayor recambio simultáneo de intendentes bonaerenses desde el regreso de la democracia.
Mientras Argentina eligió y vió pasar ocho presidentes distintos desde 1983, o doce si incluímos las acefalías y excepciones del período 2001-2003; muchos municipios bonaerenses han nacido, crecido y vivido bajo el liderazgo de una única persona.
La posibilidad de ser reelegidos de manera sucesiva permitió la consolidación de gestiones que se extendieron durante décadas. Alberto Descalzo, por ejemplo, gobernó Ituzaingó durante 28 años (1995-2023), mientras que Alejandro Granados en Ezeiza y Julio Pereyra en Florencio Varela permanecieron 25 años al frente de sus municipios. A ellos se suman casos emblemáticos como los de Manuel Quindimil en Lanús, Hugo Curto en Tres de Febrero y Gustavo Posse en San Isidro, todos con más de cinco mandatos como intendentes.
Tan corrientes son estas longevidades municipales, que el relato bonaerense ha inventado términos para referirse a ellas. "Barones del conurbano" o "Club de los 20" son categorías que pueden escucharse a vecinos en bares, o hasta investigadores en revistas científicas especializadas, para dar cuenta de esta característica identitaria del sistema político de la provincia.
Este modelo encontró su primer fisura en 2016, con la sanción de la reforma a la ley Orgánica de las Municipalidades. Sin embargo, el efecto más profundo de aquella ley todavía no ocurrió. Si la legislación vigente no vuelve a modificarse, 80 de los 135 intendentes bonaerenses no podrán competir por un nuevo mandato en las elecciones de 2027; siendo así el mayor recambio simultáneo de jefes comunales desde el regreso de la democracia.
Lo llamativo es que ese recambio, se da como consecuencia de una ley aprobada hace casi diez años, modificada posteriormente para amortiguar sus efectos inmediatos, pero cuyos principales impactos están próximos a sentirse.
Mandatos superpuestos en la Provincia de Buenos Aires








Los períodos presidenciales se muestran según fecha de inicio y final de mandato. Los mandatos locales corresponden a períodos ininterrumpidos informados.
Hasta 2016, la provincia de Buenos Aires no imponía límites a la reelección consecutiva de los intendentes. A diferencia del Presidente de la Nación o del gobernador bonaerense, los jefes comunales podían ser elegidos indefinidamente.
La sanción de la Ley 14.836, impulsada durante la gestión de María Eugenia Vidal, cambió ese esquema. La norma modificó la Ley Orgánica de las Municipalidades y estableció que los intendentes, al igual que los legisladores provinciales, concejales y consejeros escolares, sólo podrían ser reelectos una vez de manera consecutiva. Cumplidos dos mandatos seguidos, deberían dejar transcurrir un período completo antes de volver a competir por el mismo cargo.
La ley también definió un aspecto clave: el mandato iniciado en 2015 sería considerado el primero para el nuevo régimen. Es decir, quienes habían sido elegidos en 2015 y reelectos en 2019 quedarían impedidos de presentarse nuevamente en 2023. La reforma fue presentada entonces como una herramienta para promover la alternancia en los gobiernos locales y poner fin a un sistema que había permitido la consolidación de liderazgos municipales durante décadas. Una reforma aprobada con amplia mayoría en ambas cámaras: 53 votos afirmativos y 22 negativos en Diputados y 39 votos afirmativos y 7 negativos en Senado.
A medida que se acercaban las elecciones de 2023, y su respectiva elección a cargos ejecutivos, quedó claro que la nueva ley dejaría fuera de competencia a un número importante de intendentes. Con ello, comenzaron las discusiones judiciales sobre el modo en que debían computarse los mandatos y varios intendentes pidieron licencia para asumir cargos provinciales; buscando preservar una eventual posibilidad de competir si la interpretación de la norma les resultaba favorable.
Finalmente, en diciembre de 2021, la Legislatura bonaerense aprobó la Ley 15.315, que modificó el régimen original. La reforma desplazó hacia adelante el punto de partida del cómputo de los mandatos: el período iniciado en 2019 pasó a considerarse el primero a los efectos del límite de reelecciones. Como consecuencia, la mayoría de los intendentes que, según la ley de 2016, hubieran quedado impedidos de competir en 2023 recuperaron la posibilidad de presentarse y fueron nuevamente electos.
Ese corrimiento explica por qué la discusión vuelve a instalarse ahora. Con la normativa vigente, los intendentes elegidos en 2019 y reelectos en 2023 habrán agotado los dos mandatos consecutivos permitidos por la ley. Si las reglas no cambian, no podrán volver a competir en 2027.
Aplicando ese criterio a los 135 municipios bonaerenses, 80 intendentes quedarían inhabilitados para buscar un nuevo mandato, lo que representa el 59% del total. Un fenómeno que no tiene antecedentes desde 1983. No se trata simplemente del retiro de algunos dirigentes históricos, sino de un recambio institucional simultáneo que alcanzaría a casi seis de cada diez municipios de la provincia.
80 de 135 — Municipios que deberán renovar liderazgo. Si la legislación vigente no cambia, 80 de los 135 intendentes bonaerenses (59%) no podrán competir por un nuevo mandato en 2027 por haber completado los dos períodos consecutivos permitidos por la ley.
Dato clave: sería el mayor recambio simultáneo de intendentes desde el regreso de la democracia.
Aunque la ley se aplica por igual en todo el territorio bonaerense, sus efectos son muy diferentes según la región.
El mayor impacto se concentra en el conurbano, donde históricamente se consolidaron los liderazgos municipales más prolongados. En la Primera Sección Electoral, alrededor del 75% de los intendentes no tendría habilitación para competir nuevamente en 2027. En la Tercera Sección, el porcentaje alcanza el 68%. En conjunto, casi tres de cada cuatro intendencias del Conurbano deberán afrontar un proceso de sucesión.
En el interior bonaerense el panorama es distinto. En la Segunda y la Sexta Sección apenas cuatro de cada diez intendentes quedarían alcanzados por la restricción, mientras que La Plata constituye un caso singular: Julio Alak inició un nuevo ciclo político recién en 2023 y, por lo tanto, no resulta alcanzado por el límite para la próxima elección.
La distribución territorial permite otra lectura. Más que afectar a un partido determinado, la ley impacta especialmente allí donde los liderazgos municipales lograron sostenerse durante más tiempo.
En términos absolutos, Unión por la Patria concentra la mayor cantidad de intendentes alcanzados por la restricción. Sin embargo, esa diferencia responde, en buena medida, a que también gobierna la mayor cantidad de municipios.
De sus 83 intendencias, 52 quedarían impedidas de competir nuevamente en 2027 (63%). En lo que fue Juntos por el Cambio, la restricción alcanzaría a 25 de sus 49 municipios (51%).
La diferencia existe, pero es menor que la observada entre regiones. El principal factor explicativo sigue siendo territorial: el Conurbano concentra tanto la mayor cantidad de municipios gobernados por Unión por la Patria como la mayor proporción de intendentes alcanzados por el límite legal.
Aunque el régimen legal parece claro para la mayoría de los municipios, todavía existen algunos casos cuya situación permanece abierta.
Al menos ocho intendentes asumieron el gobierno municipal durante el período 2019-2023 como consecuencia del mecanismo de sucesión previsto por la Ley Electoral —tras la licencia o salida del intendente elegido— y luego fueron electos por voto popular en 2023.
El decreto reglamentario de la ley contempló expresamente cómo debía computarse el tiempo ejercido por legisladores, concejales y consejeros escolares suplentes, pero no reguló el caso de los intendentes que accedieron al cargo por sucesión. Hasta el momento no existe un criterio definitivo de la Junta Electoral ni un fallo judicial que resuelva esa cuestión. Esa omisión podría convertirse en uno de los principales focos de discusión si el escenario llega a judicializarse de cara a 2027.
| Municipio | Intendente actual | Reemplaza a | Año de la sucesión |
|---|---|---|---|
| Navarro | Facundo Diz | Santiago Maggiotti | 2022 |
| Vicente López | Soledad Martínez | Jorge Macri | 2021 |
| Rojas | Román Bouvier | Claudio Rossi | 2021 |
| San Andrés de Giles | Miguel Gesualdi | Carlos Puglelli | 2021 |
| Punta Indio | David Angueira | Hernán Yzurieta | 2021 |
| Carlos Casares | Daniel Stadnik | Walter Torchio | 2021 |
| Florentino Ameghino | Nahuel Mittelbach | Calixto Tellechea | 2021 |
| Pila | Sebastián Walker | Gustavo Walker | 2021 |
El debate sobre el límite a las reelecciones está lejos de haberse cerrado. En la Legislatura bonaerense continúan presentándose iniciativas para modificar nuevamente el régimen vigente y distintos intendentes han manifestado públicamente la posibilidad de recurrir a la Justicia si la ley permanece sin cambios.
Sin embargo, mientras no exista una nueva reforma o una interpretación judicial que altere el alcance de la norma, el escenario legal sigue siendo el mismo. Y ese escenario anticipa un cambio que trasciende la discusión jurídica.
Después de décadas en las que la continuidad fue una de las principales características del poder municipal bonaerense, las elecciones de 2027 podrían marcar el inicio de una nueva etapa, caracterizada por el mayor recambio institucional de intendentes desde el regreso de la democracia.
Porque no se trata solo de una ley. Si las reglas actuales se mantienen:
La Ley 14.836 fue sancionada el 17 de agosto de 2016 y estableció, por primera vez en la provincia, un límite de dos mandatos consecutivos para intendentes, legisladores, concejales y consejeros escolares.
La iniciativa obtuvo una amplia mayoría en ambas cámaras de la Legislatura bonaerense, lo que permitió su sanción en menos de tres meses desde su ingreso. La reforma se convirtió en uno de los principales cambios institucionales impulsados durante el primer año de gestión de María Eugenia Vidal y modificó un régimen que, hasta entonces, permitía la reelección indefinida de los cargos alcanzados.